Articulo 90 Planificación...de Galicia

Articulo 90 Planificación, las medidas de coordinación y la actuación de voluntarios, agrupaciones de voluntarios y entidades colaboradoras en materia de protección civil de Galicia

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Artículo 90º.-Nivel de especialidad.

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El tercer nivel o nivel de especialidad tienene como objetivo la obtención de la titulación oficial en determinadas actividades correspondientes al segundo nivel. Los cursos se ajustarán a los oficiales de los organismos que los imparta.

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  • Texto Original. Publicado el 29-03-2000 en vigor desde 29-03-2000