Articulo 9 Estadística de Cantabria

Articulo 9 Estadística de Cantabria

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 9. Naturaleza y adscripción.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. El Instituto Cántabro de Estadística es el órgano estadístico de la Comunidad Autónoma de Cantabria y se responsabiliza de las funciones de planificación, normalización, coordinación y gestión del Sistema Estadístico de Cantabria.

2. El Instituto Cántabro de Estadística es un Organismo Autónomo de la Comunidad Autónoma de Cantabria con personalidad jurídica y patrimonio y tesorería propios, así como autonomía de gestión en los términos de la Ley de Cantabria 6/2002, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Dentro de su ámbito de competencias, le corresponden las potestades administrativas precisas para el cumplimiento de sus fines.

3. El Instituto Cántabro de Estadística está adscrito a la Consejería competente en materia de estadística.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-10-2005 en vigor desde 06-11-2005