Articulo 88 Plan Vive
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Artículo 88. Objeto.

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1. El programa de difusión tiene como objeto dar a conocer la realidad de la vivienda y el fomento de la arquitectura en Andalucía y la rehabilitación del patrimonio arquitectónico, histórico y antropológico andaluz, para fundamentar y difundir el conocimiento arquitectónico y la transferencia de valores universales.

2. El programa se llevará a cabo mediante:

a) La concesión de Premios Andalucía de Arquitectura, con la intención de estimular, mediante el reconocimiento público, la destacada labor que desarrollan entidades, asociaciones, empresas y profesionales, que hayan contribuido con su trabajo al conocimiento y difusión de materias y acciones relacionadas con la arquitectura andaluza. Se propone además destacar el conjunto de la labor continuada que los profesionales o instituciones han puesto a su servicio, constituyéndose como trayectorias de significado trascendente en el panorama arquitectónico andaluz.

b) Actualización sistemática de los contenidos relativos a las actuaciones del órgano directivo competente en materia de vivienda en el Portal de la Junta de Andalucía, así como su difusión a través las redes sociales

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-07-2020 en vigor desde 04-07-2020