Articulo 85 Menorca Reserva de Biosfera
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 85. Acción pública
Vigente
Es pública la acción para exigir ante las administraciones públicas competentes la observancia de lo que establecen esta ley y las disposiciones que la desarrollen.
La acción pública en vía jurisdiccional se ejercerá de acuerdo con lo que prevén la legislación sectorial, la legislación sobre derecho de acceso a la justicia ambiental y la legislación procesal estatal.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 18-02-2023 en vigor desde 19-02-2023