Articulo 84 Menorca Reserva de Biosfera

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Artículo 84. La investigación sobre Menorca Reserva de Biosfera en los planes de ciencia, tecnología e innovación (CTI) de las Illes Balears

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1. Los planes de ciencia, tecnología e innovación (CTI) de las Illes Balears que se vayan aprobando a partir de la entrada en vigor de esta ley preverán, en sus diversas líneas de actuación, la investigación, la tecnología y la innovación relacionadas con Menorca Reserva de Biosfera, con el fin de dar respuesta a sus retos, consolidar la base científica y la generación de conocimiento y la innovación, fomentar el crecimiento inteligente del sector productivo y potenciar el interés social por los objetivos del desarrollo sostenible.

2. Los planes respectivos destinarán anualmente un porcentaje de su presupuesto a medidas concretas de fomento de la investigación, la tecnología y la innovación relacionadas con Menorca Reserva de Biosfera, dada la plena justificación de la focalización de la producción de conocimiento hacia las necesidades, los retos y las singularidades socio-ambientales de la reserva. Algunos de los programas y las medidas previstos se ejecutarán a través de la suscripción de los correspondientes convenios de colaboración con el IME y el OBSAM.

3. Asimismo, las diferentes consejerías del Gobierno de las Illes Balears dedicarán una parte de las aportaciones anuales que destinan a impulsar actividades de I+D+I al fomento de las actividades de ciencia, tecnología e innovación relacionadas con Menorca Reserva de Biosfera, ya sea a través de ayudas o subvenciones individuales o a grupos de investigación, ya sea a través de la firma de convenios de colaboración con el IME, con el OBSAM, con la estación de investigación Jaume Ferrer o con otras instituciones.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 18-02-2023 en vigor desde 19-02-2023