Articulo 83 Planificación...de Galicia

Articulo 83 Planificación, las medidas de coordinación y la actuación de voluntarios, agrupaciones de voluntarios y entidades colaboradoras en materia de protección civil de Galicia

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Artículo 83º.-Comisión Sectorial de Formación del Personal Voluntario de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Galicia (CSFVPC).

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La Comisión Sectorial de Formación del Personal Voluntario de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Galicia (CSFVPC) estará encargada de la planificación, programación, desarrollo, control y evaluación, en materia de formación de personal voluntario y colaborador de protección civil, constituyendo el órgano de coordinación en la materia que se regula en el presente capítulo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-03-2000 en vigor desde 29-03-2000