Articulo 83 áreas empresa...de Galicia

Articulo 83 áreas empresariales de Galicia

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Artículo 83. Fines

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Las entidades de conservación, gestión y modernización tienen, entre otros, los siguientes fines:

a) El mantenimiento, conservación, gestión y modernización de las infraestructuras, equipamientos y dotaciones de titularidad municipal del área empresarial, de conformidad con lo previsto en sus estatutos y en los convenios que, en su caso, formalicen con el ayuntamiento.

b) La implantación de infraestructuras o servicios de titularidad privada para el uso común de las personas propietarias integrantes del área empresarial y el mantenimiento, conservación y modernización de los mismos.

c) La realización de las gestiones que sean necesarias ante organismos públicos o privados, así como la formalización de convenios de colaboración con los ayuntamientos u otras administraciones o entidades para la conservación, gestión y modernización de las infraestructuras, equipamientos, dotaciones y servicios de titularidad pública o privada dentro del ámbito del área empresarial, pudiendo percibir y gestionar subvenciones destinadas a estos fines.

d) Velar por el adecuado uso de los elementos de la urbanización, garantizando y exigiendo el cumplimiento de los derechos y obligaciones que competen a los miembros de la entidad.

e) Velar por la correcta prestación de los servicios generales del área empresarial.

f) Recopilar y facilitar a la Administración local y autonómica la información que les recaben en relación con el área industrial, así como informar periódicamente al ayuntamiento, en su caso, de las posibles deficiencias observadas en los servicios municipales.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 21-10-2022 en vigor desde 10-11-2022