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Articulo 82 Reglamento orgánico de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad

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Artículo 82. Competencias en materia de situaciones del personal.

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En materia de situaciones del personal al servicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma, corresponden a la Dirección General de la Función Pública las competencias siguientes:

a) La adopción de las resoluciones que procedan sobre situaciones administrativas del personal funcionario, a propuesta motivada de los departamentos correspondientes.

b) La anotación de las resoluciones que adopten los departamentos respecto a las incidencias relativas a las situaciones del personal laboral, para lo cual estos deben remitirle copia de las mismas.

c) La resolución de las solicitudes de reingreso del personal funcionario y laboral en el ámbito de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.

d) La adopción de las resoluciones sobre la prolongación de la permanencia en el servicio activo del personal funcionario, a propuesta de los departamentos correspondientes.

e) La adopción de las resoluciones sobre las jubilaciones del personal funcionario y laboral, a propuesta de los departamentos correspondientes.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-03-2021 en vigor desde 26-03-2021