Articulo 82 Dinamización del medio rural

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Artículo 82. Medidas de apoyo a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral y a la corresponsabilidad.

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El Gobierno de Aragón impulsará la adopción de medidas específicas y transversales que faciliten la corresponsabilidad y conciliación de la vida personal, familiar y laboral en las familias del medio rural, promoviendo la coordinación interinstitucional y la participación de agentes sociales y económicos. En particular promoverán las siguientes actuaciones:

a) Se establecerán ayudas dirigidas a las administraciones públicas y entidades sin ánimo de lucro del medio rural para el desarrollo de proyectos y servicios que faciliten la conciliación de las familias.

b) Se impulsarán recursos y servicios en el ámbito educativo próximo que faciliten la conciliación y la permanencia de los niños y niñas en sus municipios.

c) Se fomentarán los servicios de carácter social que favorezcan la conciliación de las familias con menores, mayores, personas con discapacidad o dependencia o que por su configuración o estructura se encuentren en situación de vulnerabilidad.

d) Se apoyará la ampliación de apertura de los espacios públicos en períodos no lectivos para su uso como recurso de conciliación.

e) Se fomentará la formación y la sensibilización en la importancia de la corresponsabilidad en el ámbito familiar favoreciendo el reparto equilibrado y corresponsable del tiempo de los diferentes miembros de la familia.

f) Como complemento a la cobertura ofrecida desde la red de servicios públicos de cuidados, se establecerán ayudas y beneficios para aquellas familias que precisen la adopción de recursos de conciliación, así como la contratación de servicios externos para el cuidado de familiares, priorizando, en este caso, a las empresas y profesionales del propio entorno.

g) Se apoyará la implantación de empresas que dispongan de medidas de conciliación entre las personas trabajadoras, de manera especial entre aquellas que presenten circunstancias especiales que dificulten dicha conciliación.

h) Se promoverá el trabajo a distancia, así como las condiciones que lo faciliten mediante la puesta a disposición de las infraestructuras y equipamientos informáticos y técnicos.