Articulo 81 Reglamento de...e barreras

Articulo 81 Reglamento de desarrollo y ejecución de la Ley de accesibilidad y supresión de barreras

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Artículo 81º.- Funciones del vicepresidente.

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1. Le corresponde al vicepresidente o persona que lo sustituya:

a) Constituir, junto con el presidente y el secretario, la Mesa del Pleno del consejo.

b) Colaborar con el presidente en las tareas que éste le encomiende y sustituirlo en los casos legalmente previstos.

c) Presidir y coordinar, en nombre del presidente, aquellas comisiones de trabajo constituidas por el Pleno.

d) Todas aquellas otras que sean inherentes a su condición de vicepresidente.

2. En los casos de ausencia, vacante o enfermedad del vicepresidente será sustituido por la persona en la que el mismo delegue.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-02-2000 en vigor desde 01-03-2000