Articulo 80 Indicaciones ... agrícolas

Articulo 80 Indicaciones geográficas para vinos, bebidas espirituosas y productos agrícolas, así como especialidades tradicionales garantizadas y términos de calidad facultativos para productos agrícolas

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Artículo 80. Términos de calidad facultativos

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1. Los términos de calidad facultativos deberán cumplir los criterios siguientes:

a) se referirán a una característica de una o más categorías de productos, o a un atributo de su producción o transformación que se aplique en zonas específicas;

b) su uso añadirá valor al producto en comparación con productos de tipo similar, y

c) tendrán una dimensión de la Unión.

2. Los términos de calidad facultativos que describan cualidades técnicas de un producto con vistas a la implantación de normas de comercialización obligatorias y que no tengan por objetivo informar de esas cualidades a los consumidores quedarán excluidos del ámbito de aplicación del presente capítulo.

3. Los términos de calidad facultativos excluirán los términos reservados facultativos que respalden y complementen normas de comercialización específicas determinadas con base sectorial o por categorías de productos.

4. Con el fin de tener en cuenta las características específicas de determinados sectores, así como las expectativas de los consumidores, la Comisión estará facultada para adoptar actos delegados de conformidad con el artículo 87 que completen el presente Reglamento estableciendo normas pormenorizadas sobre los criterios a que se refiere el apartado 1 del presente artículo.

5. La Comisión podrá establecer, mediante actos de ejecución, normas relativas a los formularios, procedimientos y otros detalles técnicos que resulten necesarios para la aplicación del presente capítulo. Dichos actos de ejecución se adoptarán de conformidad con el procedimiento de examen a que se refiere el artículo 88, apartado 2.

6. Cuando adopte actos delegados y actos de ejecución de conformidad con los apartados 4 y 5, la Comisión tendrá en cuenta las normas internacionales que sean pertinentes en este ámbito.