Articulo 8 Juventud de Navarra

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Artículo 8. Diálogo estructurado.

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La Administración de la Comunidad Foral de Navarra, para el desarrollo de las políticas públicas de juventud, llevará a cabo procesos de consulta con las personas jóvenes y mantendrá un diálogo estructurado con el Consejo de la Juventud de Navarra y con otras organizaciones juveniles legalmente reconocidas, en aquellas cuestiones que se consideren relevantes.