Articulo 8 Facilitación de la actividad económica
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Artículo 8. Finalidad

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La Ventanilla Única Empresarial actúa como red interadministrativa con el fin de facilitar el acceso a la información sobre los procedimientos administrativos que son competencia de las administraciones públicas e impulsar su gestión a partir de los datos de los que ya dispone la Administración y de los que el titular de la actividad económica aporta una única vez.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2020 en vigor desde 20-01-2021