Articulo 8 Buen Gobierno y Profesionalización de la Gestión de Centros y Organizaciones Sanitarias del SERMAS
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»Artículo 8. Órganos de Dirección
Vigente
Todas las organizaciones del Servicio Madrileño de Salud tendrán los siguientes órganos de Dirección:
a) Órganos unipersonales: las Direcciones Gerencia de los centros hospitalarios, de la Unidad Central de Radiodiagnóstico, del SUMMA 112 y las Direcciones Territoriales de Atención Primaria.
b) Las Comisiones de Dirección.
c) El personal directivo dependiente de la Dirección Gerencia o de la Dirección Territorial de Atención Primaria.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-01-2018 en vigor desde 04-01-2018