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Articulo 76 Reglamento orgánico de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad

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Artículo 76. Competencias en materia de parejas de hecho.

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En materia de parejas de hecho, corresponden a la Dirección General de Transparencia y Participación Ciudadana la gestión del Registro de Parejas de Hecho y la coordinación en esta materia con otras Comunidades Autónomas.

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  • Texto Original. Publicado el 25-03-2021 en vigor desde 26-03-2021