Articulo 76 Ordenación Fa... I Balears

Articulo 76 Ordenación Farmacéutica de I. Balears

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Artículo 76.

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Reglamentariamente se determinarán los órganos competentes para imponer las sanciones establecidas en el presente título.

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  • Texto Original. Publicado el 21-11-1998 en vigor desde 22-11-1998