Articulo 75 Ordenación de... y Melilla

Articulo 75 Ordenación de la educación del alumnado con necesidad de apoyo educativo y servicios de orientación educativa en las ciudades de Ceuta y Melilla

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Artículo 75. Composición.

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1. Los departamentos de orientación de los institutos de educación secundaria estarán formados por el profesorado de enseñanza secundaria de la especialidad de orientación educativa, el profesorado de enseñanza secundaria de apoyo a los ámbitos y, en su caso, el profesorado de enseñanza secundaria de formación y orientación laboral, el profesorado técnico de formación profesional de servicios a la comunidad, los maestros especialistas en pedagogía terapéutica y en audición y lenguaje y el profesorado que realice funciones de apoyo al alumnado con necesidad de apoyo educativo.

2. En los centros de educación de personas adultas, formarán parte de este departamento el profesorado de enseñanza secundaria de la especialidad de orientación educativa y, en su caso, el profesorado de enseñanza secundaria de formación y orientación laboral, así como los maestros que hubiere en el centro de la especialidad de pedagogía terapéutica y de la especialidad de audición y lenguaje.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 06-04-2010 en vigor desde 06-04-2010