Articulo 72 Plan Vive
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»Artículo 72. Carácter integral.
Vigente
Al objeto de prestar una información y asesoramiento de carácter integral en materia de desahucios, el resto de consejerías de la Administración de la Junta de Andalucía con relación a esta materia darán un trato singularizado y preferente a cualquier solicitud de colaboración, dirigida a lograr la protección de las personas a quienes va dirigido el programa de protección a personas afectadas por desahucios y satisfacción de su posibles necesidades laborales, educativas, de integración social, etc.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-07-2020 en vigor desde 04-07-2020