Articulo 72 áreas empresa...de Galicia

Articulo 72 áreas empresariales de Galicia

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Artículo 72. Contenido

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1. El contenido de los estudios de detalle será el establecido en la normativa urbanística.

2. El contenido de los estudios de detalle no podrá modificar las determinaciones de los planes estructurantes de ordenación del suelo empresarial que desarrollan, sin perjuicio de la posibilidad de efectuar las adaptaciones exigidas para completar o reajustar alineaciones y rasantes, así como para ordenar volúmenes.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 21-10-2022 en vigor desde 10-11-2022