Articulo 71 Marco para la... migración

Articulo 71 Marco para la interoperabilidad entre los sistemas de información de la UE en el ámbito de la cooperación policial y judicial, el asilo y la migración

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 71. Grupo consultivo

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


eu-LISA creará un grupo consultivo de interoperabilidad. Durante la fase de diseño y desarrollo de los componentes de interoperabilidad, se aplicará el artículo 54, apartados 4, 5 y 6.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-05-2019 en vigor desde 11-06-2019