Articulo 71 Desarrollo de...limentaria

Articulo 71 Desarrollo de la Ley 14/2003, de calidad agroalimentaria

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Artículo 71. Secretario/a.

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Actuará como secretario/a de la Comisión un/a funcionario/a adscrito/a a la dirección general competente en materia de calidad agroalimentaria con voz y sin voto, designado por el titular de esta dirección general.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 06-07-2006 en vigor desde 26-07-2006