Articulo 7 Plan Vive

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Artículo 7. Planes municipales de vivienda y suelo.

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1. Para el desarrollo de las actuaciones previstas en el presente Plan, cuando así se prevea en las normas de desarrollo del mismo, las entidades locales deberán contar con un plan municipal de vivienda y suelo aprobado definitivamente, con el contenido fijado por el artículo 13 de la Ley 1/2010, de 8 de marzo.

2. En el proceso de formulación y desarrollo del plan municipal de vivienda y suelo se fomentará la participación de los agentes económicos y sociales más representativos, así como de las asociaciones profesionales, vecinales, de los consumidores y de demandantes de vivienda protegida.

3. La consejería competente en materia de vivienda prestará asesoramiento técnico, mediante cursos de formación a los municipios que lo soliciten para la elaboración de los planes municipales de vivienda y suelo.

4. Mediante orden de la consejería competente en materia de vivienda podrán convocarse ayudas económicas a los ayuntamientos, destinadas a la elaboración, revisión y adaptación a este Plan de los planes municipales de vivienda y suelo, en función de las disponibilidades presupuestarias existentes. En dicha orden, respetando en todo caso el contenido fijado en el artículo 13.2 de la Ley 1/2010, de 8 de marzo, se regulará el contenido imprescindible de los planes una vez elaborados, revisados o adaptados, que en todo caso incluirá un análisis socio-demográfico, la descripción de la estructura urbana residencial e información y diagnóstico del parque de viviendas existentes en el municipio, la infravivienda, datos en cuanto al chabolismo y asentamientos en el término municipal correspondiente, memoria justificativa y descriptiva y una evaluación económica financiera del Plan.

5. Cada ayuntamiento deberá remitir, una vez aprobado, el plan municipal de vivienda y suelo y sus revisiones al correspondiente órgano territorial provincial de la consejería competente en materia de vivienda, en el plazo de tres meses desde su aprobación definitiva.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-07-2020 en vigor desde 04-07-2020