Articulo 7 BOE
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»Artículo 7. Estructura del diario oficial.
Vigente
1. El contenido del "Boletín Oficial del Estado" se distribuye en las siguientes secciones:
Sección I: Disposiciones generales.
Sección II: Autoridades y personal.
Sección III: Otras disposiciones.
Sección IV: Administración de Justicia.
Sección V: Anuncios.
Sección del Tribunal Constitucional.
2. Existirán asimismo los siguientes suplementos de carácter independiente:
a) El Suplemento de notificaciones.
b) El Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único.
Modificaciones
- Modificación realizada (7 (apdo. 2)) por Real Decreto 327/2021, de 11 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial 'Boletín Oficial del Estado', para adaptarlo al Tablón Edictal Judicial Único.
(BOE de 12-05-2021) en vigor desde 01-06-2021 - Artículo modificado por Real Decreto 385/2015, de 22 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial 'Boletín Oficial del Estado'.
(BOE de 23-05-2015) en vigor desde 01-06-2015