Articulo 69 Ordenación farmacéutica de Galicia
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»Artículo 69. Adquisición y dispensación
Vigente
La adquisición y dispensación de radiofármacos elaborados en las unidades de radiofarmacia no integradas en servicios de farmacia es responsabilidad del servicio de farmacia del centro donde vayan a utilizarse.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 10-07-2019 en vigor desde 30-07-2019