Articulo 69 Juventud de Aragón

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Artículo 69.- Objeto de la actuación inspectora.

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Se atribuye a la inspección juvenil la competencia para la vigilancia, el control, la comprobación y la orientación en el cumplimiento de la presente ley y sus normas de desarrollo.

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  • Texto Original. Publicado el 10-04-2015 en vigor desde 11-04-2015