Articulo 69 Juventud de Aragón
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 69.- Objeto de la actuación inspectora.
Vigente
Se atribuye a la inspección juvenil la competencia para la vigilancia, el control, la comprobación y la orientación en el cumplimiento de la presente ley y sus normas de desarrollo.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 10-04-2015 en vigor desde 11-04-2015