Articulo 68 Reglamento orgánico de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad
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»Artículo 68. Competencias en materia de procesos electorales.
Vigente
En materia de procesos electorales corresponden a la Dirección General de Transparencia y Participación Ciudadana las competencias siguientes:
a) La gestión de los procesos electorales autonómicos.
b) La ejecución de las campañas electorales institucionales.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-03-2021 en vigor desde 26-03-2021