Articulo 68 Igualdad de Oportunidades
Artículo 68. Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades.
1. La Junta de Castilla y León aprobará cada cuatro años un Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades para las personas con discapacidad de Castilla y León.
Dicho Plan contendrá en todo caso:
- a) El diagnóstico, los objetivos y las actuaciones relativas a personas con discapacidad.
- b) Los recursos, apoyos, asistencias y ayudas de toda índole que resulten necesarias para que las personas con discapacidad puedan alcanzar su máximo grado de autonomía, incluyendo medidas referidas a la comunicación y nuevas tecnologías en el ámbito de la discapacidad, así como aquellas otras actuaciones que se establezcan.
- c) La evaluación de las medidas que hubieran venido aplicándose, al objeto de avanzar en la eliminación de situaciones de discriminación y conseguir la plena igualdad, en función de las diferentes necesidades de las personas con discapacidad.
2. Este Plan Estratégico conectará integralmente todos los dispositivos y recursos disponibles, tanto los del propio sistema de servicios sociales como del resto de sistemas: preventivos, habilitadores, asistenciales, educativos, ocupacionales, formativos, laborales, sanitarios, promocionales, de supresión de barreras, de ocio y tiempo libre, culturales, de apoyo familiar, tecnológicos, de apoyo o de cualquier otra índole.
3. En su elaboración participarán, además de las entidades públicas, las entidades representativas de las personas con discapacidad, agentes económicos y sociales y demás agentes e instituciones con implicación en la promoción y atención de las personas con discapacidad y sus familias y deberá ser informado por el órgano colegiado previsto en el artículo 66.1 de esta ley
- Modificación realizada (68 (apdo. 1.b)) por LEY 1/2024, de 8 de febrero, de apoyo al proyecto de vida de las personas con discapacidad en Castilla y León.
(BOCYL de 19-02-2024) en vigor desde 20-02-2024 - Artículo modificado por LEY 5/2014, de 11 de septiembre, de medidas para la reforma de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
(BOCYL de 19-09-2014) en vigor desde 20-09-2014