Articulo 68 Enseñanzas ar...fesionales

Articulo 68 Enseñanzas artísticas superiores y organización y equivalencias de las enseñanzas artísticas profesionales

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 68. Relación de las enseñanzas artísticas profesionales con el Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. En el marco del desarrollo reglamentario previsto con relación al Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales en la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, se contemplará la definición de aquellos estándares de competencias profesionales que puedan ser identificados en los ámbitos artísticos así como técnicos correspondientes a las distintas disciplinas artísticas, en función de las competencias apropiadas y el estándar de calidad requerido para el ejercicio profesional en dichos ámbitos. Dichos estándares proporcionarán la base para el diseño de las ofertas formativas y servirán de referencia para el reconocimiento y acreditación de competencias adquiridas a través de la experiencia laboral.

2. Los estándares de competencias que pudieran identificarse conforme a lo previsto en el párrafo anterior servirán de referencia para la acreditación de competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral u otras vías no formales o informales.