Articulo 67 Plan Vive

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Artículo 67. Objeto.

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El objeto de este programa es facilitar el acceso a la vivienda o a cualquier alojamiento o dotación residencia a víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables por sus circunstancias personales, económicas o sociales y en especial con menores y personas dependientes a su cargo a través de la financiación de la renta a satisfacer por las Administraciones Públicas, entidades públicas y entidades del Tercer Sector de Acción Social, regulado en la Ley 43/2015, de 9 de octubre, del Tercer Sector de Acción Social, que operen en el territorio andaluz.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-07-2020 en vigor desde 04-07-2020