Articulo 65 Plan Vive

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Artículo 65. Objeto.

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El objeto del programa de apoyo a las personas inquilinas del parque público residencial de la Comunidad Autónoma de Andalucía es auxiliar a dichas personas cuando, ante situaciones sobrevenidas, acrediten la imposibilidad total o parcial de pago de las rentas de arrendamiento, en base a la determinación temporal de la renta, que en el ámbito protegido posee el carácter de máxima legal.

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  • Texto Original. Publicado el 03-07-2020 en vigor desde 04-07-2020