Articulo 62 Menorca Reserva de Biosfera

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Artículo 62. El fomento de la cooperación y la competencia industriales como elementos de equilibrio económico para la reserva de biosfera

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1. Las administraciones públicas promoverán, en el ámbito de sus competencias, la especialización productiva y la reespecialización progresiva de las empresas industriales tradicionales de Menorca como factor de diferenciación y de mejora de la competitividad.

Asimismo, promoverán el fomento público y prioritario de la cooperación empresarial, la articulación de clústeres industriales, los traded clústeres y la economía colaborativa como instrumentos motores de la competitividad.

2. Los principios inspiradores de la reserva de biosfera, de acuerdo con su articulación en esta ley, determinan el carácter y el sentido de las líneas de fomento establecidas en el punto anterior.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 18-02-2023 en vigor desde 19-02-2023