Articulo 61 Menorca Reserva de Biosfera
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»Artículo 61. Plan de Digitalización e I+D+I Industrial de Menorca
Vigente
1. El Consejo Insular de Menorca impulsará, concertará y aprobará el Plan de Digitalización e I+D+I Industrial de Menorca.
2. El Plan se elaborará de manera simultánea, complementaria y coordinada a la redacción del Plan Estratégico de Competitividad y Sectores Industriales Estratégicos Vinculados a la Reserva de Biosfera que regula el artículo 60 de esta ley.
3. El Consejo Insular de Menorca desarrollará la red IoT pública (Smart Island) para facilitar la conexión entre diferentes dispositivos que llevan incorporados sensores, software y otras tecnologías con el objetivo de intercambiar datos con otros dispositivos y sistemas a través de Internet.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 18-02-2023 en vigor desde 19-02-2023