Articulo 6 Reglamento de condiciones de utilización de la lengua de signos y de medios de apoyo a la comunicación oral para personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas
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»Artículo 6. Comisión de seguimiento.
In Vacatio
La Comisión de Seguimiento de la Ley 27/2007, de 23 de octubre, impulsará y velará por el cumplimiento de las medidas contenidas en este reglamento, proponiendo aquellas que sean necesarias y oportunas para su plena eficacia.