Articulo 6 Explotación y ...umo humano

Articulo 6 Explotación y comercialización de aguas envasadas para consumo humano

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Artículo 6. Especificaciones.

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1. Las aguas descritas en el artículo 2 deberán cumplir las especificaciones contenidas en el anexo I.

2. El anhídrido carbónico utilizado para reforzar o gasificar las aguas a las que se refiere el artículo 2 deberá cumplir con los criterios de pureza establecidos en la parte C del anexo I.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 19-01-2011 en vigor desde 20-01-2011