Articulo 59 Medidas 1997 ...den Social

Articulo 59 Medidas 1997 Fiscales, Administrativas y del Orden Social

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Artículo 59. Clasificación de la Escala de Personal Técnico-Auxiliar de Sanidad.

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La Escala de Personal Técnico Auxiliar de Sanidad, ramas de Celadores y Maquinistas, queda clasificada en el grupo B, de los establecidos en el artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y se declara a extinguir.

El tiempo de servicios prestado por los funcionarios que sean clasificados en el grupo B, anterior a la reclasificación, se considerará a todos los efectos, tanto activos como pasivos, como tiempo transcurrido en los correspondientes grupos de clasificación en que hubiesen estado integrados los funcionarios a lo largo de su vida administrativa.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-1997 en vigor desde 01-01-1998