Articulo 58 Seguridad ferroviaria
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»Artículo 58. Planes de inspección
Vigente
La Agència Valenciana de Seguretat Ferroviària elaborará planes de inspección periódicos, con la finalidad de establecer el carácter sistemático a las actuaciones inspectoras y determinar las directrices generales de las operaciones de control, sin perjuicio de las actuaciones singulares que de forma motivada se estime oportuno iniciar.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-03-2018 en vigor desde 29-03-2018