Articulo 58 Marco para la interoperabilidad entre los sistemas de información de la UE en el ámbito de la cooperación policial y judicial, el asilo y la migración
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»Artículo 58. Responsabilidades de la unidad central SEIAV
Vigente
La unidad central SEIAV será responsable de:
a) la verificación manual de identidades diferentes contemplada en el artículo 29;
b) la detección de identidades múltiples entre los datos almacenados en el SES, el VIS, Eurodac y el SIS, contemplada en el artículo 65.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 22-05-2019 en vigor desde 11-06-2019