Articulo 57 TR de las dis...industrial

Articulo 57 TR. de las disposiciones legales de galicia en materia de política industrial

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 57. Ayudas destinadas a clústers empresariales

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. La concesión de ayudas destinadas a clústers empresariales gallegos tendrá en cuenta los siguientes criterios de valoración, que se incluirán en las respectivas órdenes de convocatoria.

a) Que el clúster se encuentre inscrito en el Registro Especial de Agrupaciones Empresariales Innovadoras.

b) La adecuación del plan estratégico del clúster al Plan director de la industria de Galicia.

c) La actividad del clúster, en ejecución de su plan estratégico, realizada en los tres años anteriores a la convocatoria de la respectiva ayuda.

2. En la concesión de ayudas destinadas a fomentar la creación de clústers empresariales gallegos se tendrá en cuenta, fundamentalmente, la adecuación del proyecto del plan estratégico del clúster al Plan director de la industria de Galicia.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-07-2015 en vigor desde 10-07-2015