Articulo 57 Reglamento de...ueológicas

Articulo 57 Reglamento de actuaciones arqueológicas

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Artículo 57. Competencias

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1. El Consejo Asesor de Arqueología y Paleontología de la Comunitat Valenciana tiene la misión de prestar asistencia a los órganos superiores y directivos de la conselleria competente en materia de cultura en cuantos asuntos y actividades de su campo de conocimiento estimen pertinente someter a su parecer. Particularmente, podrá ser consultado en los asuntos siguientes:

a) La planificación general que, en materia arqueológica y paleontológica de la Comunitat Valenciana, elabore la conselleria competente en materia de cultura.

b) Las líneas generales de las disposiciones normativas que, en materia arqueológica y paleontológica, remita el Consell a les Corts para su aprobación.

c) Las directrices básicas de los reglamentos y el resto de normativa de carácter general que se adopten en ejecución y desarrollo de las leyes a que se refiere el párrafo anterior.

d) Analizar y evaluar el patrimonio arqueológico y paleontológico de la Comunitat Valenciana, a fin de dotarlo de protección mediante su inclusión en la Carta Arqueológica, proponiendo, en su caso, la inclusión de los elementos más representativos en el Inventario General del Patrimonio Cultural Valenciano.

e) Cualquier otro asunto que la presidencia estime conveniente someter a su consideración.

2. Le corresponden asimismo las atribuciones que en calidad de institución consultiva de la Administración de la Generalitat le otorga la Ley 4/1998.

3. Sin perjuicio de lo anterior, por iniciativa propia, el Consejo Asesor de Arqueología y Paleontología de la Comunitat Valenciana podrá proponer actuaciones y directrices acerca de la actividad arqueológica o paleontológica que se realice por la administración pública en sus diversas esferas o por personas particulares en la Comunitat Valenciana, o sobre cualquier otro asunto que, siendo de interés general, incida de manera directa e inmediata en la materia que le es propia.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 26-10-2017 en vigor desde 26-01-2018