Articulo 56 interoperabilidad del sistema ferroviario dentro de la UE
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»Artículo 56. Recomendaciones y dictámenes de la Agencia
Vigente
La Agencia emitirá recomendaciones y opiniones de conformidad con el artículo 19 del Reglamento (UE) 2016/796 a efectos de la aplicación de la presente Directiva. Cuando sea pertinente, esas recomendaciones y dictámenes se tendrán en cuenta al elaborar actos de ejecución de conformidad con la presente Directiva.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 26-05-2016 en vigor desde 15-06-2016