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Articulo 56 áreas empresariales de Galicia

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Artículo 56. Documentación

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1. Los proyectos de desarrollo y urbanización contendrán toda la documentación que permita definir y concretar las determinaciones del plan estructurante de ordenación del suelo empresarial que desarrollen.

2. En todo caso, los proyectos de desarrollo y urbanización incluirán los siguientes documentos:

a) La documentación relativa al desarrollo de la ordenación del plan estructurante de ordenación del suelo empresarial:

1º. Los planos de ordenación que concreten o modifiquen los recogidos en el plan estructurante de ordenación del suelo empresarial.

2º. El cuadro de superficie que contemple las variaciones previstas en el proyecto de desarrollo y urbanización.

3º. La memoria justificativa, en su caso, de que las determinaciones del plan estructurante de ordenación del suelo empresarial objeto de variaciones respetan los límites establecidos en el mismo y los pronunciamientos contenidos en la declaración ambiental estratégica o en el informe ambiental estratégico y en los informes sectoriales de carácter vinculante emitidos en la tramitación del mismo.

4º. Las ordenanzas, en su caso.

b) La documentación relativa a la ejecución de las obras de urbanización, que consistirá en un proyecto de urbanización con el contenido previsto en el artículo 63.1.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 21-10-2022 en vigor desde 10-11-2022