Articulo 54 Intervención ... de la PAC

Articulo 54 Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la PAC

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Artículo 54. Comunicaciones.

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Las comunidades autónomas comunicarán al FEGA O.A, a más tardar el 15 de septiembre, la información relativa a los subproductos destilados, el alcohol obtenido y la ayuda solicitada, según el modelo que se facilitará para tal fin.

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  • Texto Original. Publicado el 26-10-2022 en vigor desde 27-10-2022