Articulo 52 Reforma del Estatuto de Autonomia de las Illes Balears
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»Artículo 52. Causas de finalización de la legislatura.
Vigente
La legislatura finaliza por expiración del mandato al cumplirse cuatro años de la fecha de las elecciones. Puede finalizar también, anticipadamente, si no tiene lugar la investidura del Presidente o de la Presidenta de las Illes Balears. Finalizará de manera anticipada por disolución acordada por el Presidente o la Presidenta del Gobierno de las Illes Balears.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 01-03-2007 en vigor desde 02-03-2007