Articulo 52 Organización administrativa para la gestión de la contratación
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Artículo 52. Homogeneidad de los procedimientos de adjudicación establecidos en las instrucciones de ámbito interno.

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1. La Consejería competente en materia de Hacienda adoptará las medidas necesarias para garantizar la homogeneidad de los procedimientos de adjudicación establecidos en las instrucciones previstas en el artículo 175 de la Ley30/2007, de 30 de octubre, para las entidades del sector público de la Comunidad Autónoma de Andalucía que, siendo poderes adjudicadores, no tengan el carácter de Administración Pública, cuando adjudiquen contratos no sujetos a regulación armonizada; y en el artículo 176 de la citada Ley para las restantes entidades de dicho sector público, que no tengan la consideración de poderes adjudicadores.

2. La aprobación de las citadas instrucciones requerirá el informe previo del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía.

3. Conforme a los referidos artículos 175 y 176, las instrucciones deberán ponerse a disposición de todas las empresas y profesionales interesados en participar en los procedimientos de adjudicación regulados por ellas, y publicarse en el perfil de contratante de las entidades.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 15-03-2011 en vigor desde 15-04-2011