Articulo 50 áreas empresariales de Galicia
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»Artículo 50. Contenido
Vigente
1. Los proyectos de delimitación de fases de urbanización habrán de contemplar el orden de ejecución de las distintas fases en que se divida la actuación y garantizar que, una vez finalizada la fase correspondiente, todas las parcelas de la misma dispongan de los servicios urbanísticos precisos para el pleno funcionamiento del ámbito correspondiente.
2. En la urbanización de cada fase habrá de cumplirse la reserva mínima de plazas de aparcamiento que le correspondería por aplicación de los estándares establecidos en la legislación urbanística en función de la superficie de parcelas urbanizadas en la misma.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 21-10-2022 en vigor desde 10-11-2022