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Articulo 5 Planes de Instalaciones Deportivas

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Artículo 5. Participación social.

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En la elaboración del Plan Director de Instalaciones Deportivas de Andalucía se promoverá la más amplia participación de las Administraciones Públicas, de las personas y los organismos públicos o privados interesados, especialmente de las entidades deportivas andaluzas a través del Consejo Andaluz del Deporte.

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  • Texto Original. Publicado el 26-06-2001 en vigor desde 27-06-2001