Articulo 5 Pesca y Acuicultura

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Artículo 5. Órganos competentes.

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La Consejería con competencias en materia de pesca y de acuicultura es el órgano de la Administración Autonómica responsable de ejecutar las políticas relativas a estas materias que establezca el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura.

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  • Texto Original. Publicado el 19-11-2010 en vigor desde 19-02-2011