Articulo 5 Actividad turistica de restauracion y los establecimientos donde se desarrolla
Artículo 5.- Clasificación por grupos.
1. Los establecimientos de restauración, con independencia del nombre o marca con el que se comercialicen, se clasifican en los siguientes grupos:
a) Restaurantes.
b) Bares-cafeterías.
c) Guachinches.
2. Se entiende por:
a) Restaurante: aquel establecimiento que dispone de cocina debidamente equipada y zona destinada a comedor, con la finalidad de servir al público, mediante precio, comidas y bebidas para ser consumidas en el propio local. En el desarrollo de su actividad, ofrecerán básicamente almuerzos y cenas de elaboración compleja, aunque podrán ofrecer cualquier otro servicio que de forma habitual se preste en los bares-cafeterías; e incluso podrán prestar el servicio de venta de comidas y bebidas para llevar y servicio a domicilio.
b) Bar-cafetería: aquel establecimiento que sirve ininterrumpidamente durante el horario de apertura, bebidas acompañadas o no de comidas, de elaboración rápida, precocinada o sencilla, para su consumición rápida en el propio establecimiento o para reparto a domicilio. Se considerarán incluidos en este grupo los establecimientos que tengan sistemas de autoservicio de comidas y bebidas, así como todos aquellos que no estén incluidos en el grupo de restaurantes ni en el de guachinches.
c) Guachinche: aquel establecimiento donde se desarrolla la actividad de comercialización temporal de vino de cosecha propia regulada por el Decreto 83/2013, de 1 de agosto, por el que se regulan la actividad de comercialización temporal de vino de cosecha propia y los establecimientos donde se desarrolla.
3. A los efectos de la presente norma, se considerarán como parte de los establecimientos de restauración las áreas anexas a los mismos, tales como terrazas, jardines y similares.
4. Los servicios de restauración que se ofrezcan en discotecas, terrazas de verano, salas de fiesta, locales destinados a juegos recreativos, de azar, pubs, etc., se incluirán en cualquiera de los grupos anteriores, en función de las características de cada establecimiento y los servicios que ofrezcan.