Articulo 49 Dinamización del medio rural
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»Artículo 49. Internacionalización.
Vigente
1. El Gobierno de Aragón, mediante la colaboración de las Cámaras de Comercio, orientará sus políticas de internacionalización empresarial a la generación de oportunidades, especialmente, para las empresas de sectores vinculados a los entornos rurales.
2. El departamento competente en comercio exterior desarrollará acciones de consultoría, promoción en mercados exteriores, becas y acciones de apoyo a la internacionalización que afecten directamente a empresas enclavadas en las zonas rurales despobladas o que dependan de productores rurales o emprendedores del ámbito agroalimentario.