Articulo 49 cambio climático y transición energética
Articulo 49 cambio climát...energética

Articulo 49 cambio climático y transición energética

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 49. Movilidad sostenible en centros de educación.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. Los responsables de los centros de educación tienen que fomentar el transporte público en detrimento del uso del vehículo privado para el traslado de los escolares y población universitaria a los centros educativos.

2. Las universidades públicas y privadas de Canarias deberán establecer planes de escalonamiento horario del comienzo y terminación de las actividades que permitan reducir la intensidad del tráfico generado por aquellas actividades.

3. Dichos planes deberán estar elaborados en un plazo máximo de cuatro años desde la aprobación de la Estrategia Canaria de Acción Climática, que será la que determine el contenido mínimo de dicho documento.